
Vidal insiste y vuelve a proponer a Albarracín para la Cámara Criminal
Señal Calafate
El gobernador Claudio Vidal volvió a proponer al juez Carlos Alberto Albarracín para integrar la Cámara en lo Criminal de la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en Río Gallegos, pese al rechazo que su designación recibió días atrás en la Legislatura provincial.
El Poder Ejecutivo remitió este miércoles 23 de septiembre a la Cámara de Diputados la Nota GOB N.º 024/2026, mediante la cual solicita nuevamente el acuerdo legislativo necesario para avanzar con el nombramiento.
El documento expresa la decisión del Ejecutivo de “insistir y proponer” a Albarracín para el cargo y pide a los diputados que vuelvan a considerar el correspondiente acuerdo.
La presentación invoca los artículos 104 inciso 20, 119 inciso 6 y 128 bis de la Constitución de Santa Cruz, además de la Ley Provincial N.º 3910, que regula el funcionamiento del Consejo de la Magistratura y el procedimiento de selección.
La insistencia se produce menos de dos semanas después de que el pliego fuera rechazado por 13 votos contra 10. Aquella votación fue nominal y dejó expuestas diferencias dentro del propio oficialismo: Claudia Barrientos, integrante de Por Santa Cruz, no prestó acuerdo, mientras que el diputado por El Calafate, Carlos Alegría, votó a favor del traslado de Albarracín a Río Gallegos.
También votó en contra el diputado Daniel Peralta, luego del cruce público que había mantenido con Vidal por esta misma vacante judicial. El gobernador había acusado al exmandatario de solicitar el cargo para su cuñada, Adriana Peralta, otra de las integrantes de la terna. Peralta negó haber realizado ese pedido.
El origen del procedimiento
La postulación tiene su origen en el Concurso N.º 106 del Consejo de la Magistratura, cuyo proceso de selección finalizó mediante el Acuerdo N.º 61 del 4 de diciembre de 2025.
De allí surgió la terna integrada por Carlos Albarracín, Adriana Carolina Peralta y Karen Neda Gordillo Sanuy. Albarracín ocupó el primer lugar del orden de mérito y posteriormente fue elegido por Vidal como candidato para cubrir la vocalía vacante en la Cámara Criminal.
El primer pedido de acuerdo fue girado a la Legislatura, atravesó la comisión correspondiente y llegó al recinto, donde finalmente fue rechazado. Ahora, mediante una nueva presentación formal, el gobernador insiste con el mismo candidato.
El debate sobre un segundo tratamiento
Uno de los puntos que podría generar discusión es el artículo 108 de la Constitución Provincial, que establece que ningún proyecto de ley desechado totalmente por la Cámara puede volver a tratarse durante las sesiones del mismo año.
Sin embargo, esa prohibición se encuentra dentro del capítulo referido a la formación y sanción de las leyes y menciona expresamente a los “proyectos de ley”.
Un pedido de acuerdo para designar a un magistrado tiene otra naturaleza institucional. En ese procedimiento, la Cámara no sanciona una ley, sino que ejerce la atribución constitucional de prestar o negar el acuerdo solicitado por el Poder Ejecutivo.
El artículo 104 inciso 20 establece entre las atribuciones de la Legislatura la de prestar acuerdo para aquellas designaciones que lo requieran. A su vez, el artículo 119 inciso 6 faculta al gobernador a nombrar, con acuerdo de la Cámara, a los magistrados y funcionarios para los cuales la Constitución y las leyes exigen ese requisito.
Por esa diferencia, la prohibición de reiterar durante el mismo año un proyecto de ley rechazado no aparece como directamente aplicable a un nuevo pedido de acuerdo. De todos modos, la interpretación podría formar parte de la discusión cuando el nuevo pliego ingrese al trámite legislativo.
Un orden de mérito vigente
La Ley Provincial N.º 3910 establece en su artículo 28 que el orden de mérito confeccionado por el Consejo de la Magistratura tiene una vigencia de tres años.
El artículo 30 dispone, además, que el Consejo debe elevar al Poder Ejecutivo la terna conformada sobre la base de ese orden para proponer candidatos destinados a cubrir las vacantes que se produzcan durante su vigencia.
En este procedimiento intervienen sucesivamente tres órganos: el Consejo de la Magistratura selecciona la terna, el Poder Ejecutivo elige y propone a uno de sus integrantes y la Cámara de Diputados decide si presta el acuerdo.
La normativa no contiene una prohibición expresa que determine que el rechazo legislativo de un candidato anula el concurso, extingue el orden de mérito o impide que el gobernador presente una nueva propuesta mientras continúe vigente la selección.
La Nota GOB N.º 024/2026 constituye una nueva actuación formal del Poder Ejecutivo y abre otra instancia para que la Cámara se pronuncie. No se trata de que los diputados vuelvan sobre la votación anterior por iniciativa propia, sino de un nuevo requerimiento remitido por el gobernador.
La insistencia devuelve ahora la discusión al ámbito legislativo, donde Vidal deberá conseguir una mayoría que no reunió en el primer intento.
Mientras no obtenga el acuerdo de la Cámara, Carlos Albarracín continuará al frente del Juzgado de Instrucción N.º 1 de El Calafate.



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