
Procesaron y embargaron al responsable de empresa de excursiones turisticas
Señal Calafate
El propietario de la empresa de excursiones turísticas que realiza rafting en el Río De Las Vueltas de El Chaltén, Comarka, quedó procesado por la muerte de los tres turistas indios, nacionacionalizados estadounidenses, ocurridas el 17 de enero del 2025.
El matrimonio integrado por Jyotik y Dipak Patel y la mujer Vibhuti Jayesh Patel, esposa de uno de los sobrevivientes, resultaron fallecidos luego que el gomón en el que se desplazaban se dio vuelta y no pudieron sostenerse a él.
Más de un año después de los hechos los sobrevivientes prestaron declaración testimonial ante el juzgado de El Calafate. Las personas, pertenecientes al mismo grupo de turistas, todos mayores de 60 años, indicaron en declaración testimonial que no habían recibido la correcta instrucción
Mientras tanto, Germán Roberts, propietario de la empresa Comarka Expediciones, dio su declaración indagatoria en la que había responsabilizado a los turistas por lo ocurrido.
Ahora se conoció que el juez de primera instancia Carlos Albarracín decidió el procesamiento sin prisión preventiva, el embargo por 100 millones de pesos y la prohibición para que Roberts siga realizando la actividad.
El magistrado de la causa firmó una extensa resolución en la que explica que encontró suficientes pruebas para responsabilizar a Roberts por homicidio culposo, de acuerdo al artículo 84 del Código Penal.
Para el juez, el responsable de la empresa incumplió con los deberes objetivos de cuidado que le imponían tanto su actividad profesional como la normativa aplicable y las reglas técnicas propias del rafting.
La empresa estaba habilitada en el nombre de Roberts por organismos como la Administración de Parques Nacionales. El fallo judicial considera que entre sus obligaciones estaba la de “informar fehacientemente a los participantes acerca de los riesgos propios del servicio y adoptar todos los recaudos razonables destinados a garantizar la máxima seguridad de quienes contrataran la excursión”, lo que luego fue cuestionado en la declaración de los sobrevivientes.
Si bien se constató que la excursión contaba con los elementos de seguridad para los turistas como los chalecos salvavidas, el juez opinó que la sola existencia formal de esos elementos no resultaba suficiente para descartar responsabilidad, ya que correspondía analizar de qué manera funcionó efectivamente el sistema preventivo frente a las condiciones concretas del río y frente al vuelco ocurrido.
Además, hace notar que en su declaración indagatoria, Roberts indicó que el vuelco se habría producido porque los pasajeros no habían cumplido correctamente las indicaciones impartidas por el guía y que, posteriormente, esas dificultades también habrían incidido en las maniobras de rescate. La misma decisión judicial hace pesar que en otro tramo, Roberts explicó que luego del episodio notó la necesidad de implementar controles más rigurosos respecto de las condiciones de los participantes y de la información médica proporcionada antes de comenzar la actividad.
Las medidas del juez de El Calafate corresponden a un fallo de primera instancia por lo que pueden ser apeladas por el imputado.
En cuanto a la prohibición de la actividad, por ahora se sabe que alcanza a Germán Roberts y que la empresa podría seguir operando.


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