
La Caja de Previsión Social respondió por las jubilaciones: “No se jubiló a nadie de oficio”
Señal Calafate
La Caja de Previsión Social salió a responder a los cuestionamientos surgidos tras la jubilación de tres vocales del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz y aseguró que no se produjo ninguna jubilación de oficio.
El presidente de la CPS, Pablo Pérez, explicó que los 27 beneficios jubilatorios aprobados recientemente por el organismo corresponden a personas que habían iniciado voluntariamente sus trámites, presentado la documentación requerida y cumplido con las condiciones establecidas por la normativa previsional.
De esta manera, la Caja rechazó la interpretación planteada por la vocal del Tribunal Superior Paula Ludueña, quien había asegurado que ella y las otras dos vocales jubiladas —Reneé Fernández y Alicia Mercau— no habían renunciado y calificó la situación como una “jubilación compulsiva”.
La explicación de la CPS
Pérez señaló que el organismo previsional no selecciona a las personas según el cargo que ocupan, sino que analiza los expedientes que llegan a la Caja y verifica el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
Según explicó, una vez que el afiliado inicia el trámite y reúne las condiciones necesarias, la CPS debe resolver el expediente conforme a la legislación vigente.
En ese sentido, remarcó que los 27 casos aprobados no fueron iniciados de oficio y que las personas alcanzadas habían solicitado previamente el beneficio jubilatorio.
La explicación de la Caja busca diferenciar el inicio voluntario de un trámite previsional de la discusión posterior sobre el cese de la actividad laboral.
Más de 300 personas en una situación similar
El presidente de la CPS también aportó un dato que amplía el alcance de la aplicación del Decreto 608.
Actualmente, más de 300 personas se encuentran en una situación similar, con trámites jubilatorios iniciados y cumpliendo las condiciones para acceder al beneficio, aunque todavía continúan en actividad.
Desde la Caja sostienen que el tratamiento de estos expedientes responde a un procedimiento general y no a una decisión particular sobre integrantes del Poder Judicial.
El Decreto 608, en el centro de la discusión
La controversia se encuentra vinculada con la aplicación del Decreto 608/24, que establece un procedimiento para los trabajadores que reúnen las condiciones para acceder a la jubilación.
La aplicación de la norma había sido cuestionada judicialmente y estuvo suspendida durante un período por una medida cautelar. En julio de este año, el Tribunal Superior de Justicia resolvió limitar la vigencia de esa medida, lo que permitió que la Caja retomara la aplicación del decreto.
Desde el organismo previsional remarcan que su función es resolver los expedientes de acuerdo con la normativa vigente y que no existe una decisión dirigida específicamente contra integrantes del Tribunal Superior ni contra trabajadores de un determinado sector.
La discusión, de esta manera, continúa abierta en torno a los efectos del Decreto 608 y a la diferencia entre solicitar voluntariamente una jubilación y el momento en que se produce efectivamente el cese de la actividad.


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