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Santa Cruz se encamina a cumplir la deuda de la Ley Provincial de Discapacidad

Luego de más de 3 años de aprobarse el texto, Santa Cruz se encamina a poner en práctica una Ley de Discapacidad 3820. El Gobernador Claudio Vidal firmó la reclamada reglamentación, la que hoy fue presentada por funcionarios provinciales como el corolario de un trabajo conjunto con asociaciones del sector.
Política20/08/2026Señal CalafateSeñal Calafate
ley de discapacidad
La reglamentacion fue presentada por funcionarios ante organizaciones sociales

Con un acto de Gobierno, funcionarios provinciales hablaron de la reglamentación de la Ley Provincial 3820 destinada a fijar derechos para personas con discapacidad.

La presentación fue el discurso por parte de funcionarios de las áreas correspondientes, explicando cómo se llega a la reglamentación y lineamientos generales.

En Casa de Gobienro estuvieron el Ministro de Desarrollo Social Sebastian Georgion, secretario de NIñez y Familia Luis Quiroga y la subsecretaria de Políticas para Personas con Discapacidad, Alejandra Ulloa.

La norma fue aprobada por la Legislatura en diciembre de 2022 y establece un sistema integral que abarca salud, educación, empleo, transporte, accesibilidad, seguridad social y participación. 

Una ley aprobada en 2022

La Ley 3820 fue sancionada por la Cámara de Diputados de Santa Cruz el 20 de diciembre de 2022, durante una sesión extraordinaria, y fue aprobada por unanimidad.

El proyecto había sido tratado previamente en comisiones, donde recibió modificaciones y aportes. Durante su tratamiento participaron representantes de organizaciones vinculadas con la discapacidad, entre ellas Fundación TEA Santa Cruz, el Instituto para Trastornos del Espectro Autista, Asociación Ponte en Tu Lugar, ADDI San Julián y Red Federal de Padres TEA.

La iniciativa reemplazó el régimen anterior de la Ley 1662, vigente desde 1984, y planteó un cambio de enfoque: dejar de considerar a la persona con discapacidad principalmente desde una perspectiva asistencial para reconocerla como sujeto pleno de derechos.

La norma fue promulgada parcialmente mediante el Decreto 48/2023, firmado el 12 de enero de 2023, durante el gobierno de Alicia Kirchner. El Ejecutivo de entonces observó algunos artículos y propuso textos alternativos. Posteriormente, la Legislatura aceptó esos cambios y el Poder Ejecutivo dictó el Decreto 708/2023, que estableció el texto definitivo de los artículos observados.

¿Qué establece la Ley 3820?

La norma crea un sistema integral que no se limita a la atención sanitaria. Su objetivo es garantizar el acceso a derechos en distintas áreas de la vida.

Entre sus principales ejes aparecen:

Salud y rehabilitación

El Estado debe garantizar el acceso a la salud, diagnóstico precoz, tratamientos y rehabilitación integral.

La ley prevé además la creación y mantenimiento de unidades de estimulación temprana y de habilitación y rehabilitación integral e interdisciplinaria para niños, jóvenes y adultos con discapacidad.

También establece mecanismos de evaluación y certificación mediante Juntas Interdisciplinarias Evaluadoras de Discapacidad integradas al sistema público de salud.

Educación inclusiva

La norma establece un modelo educativo basado en la inclusión y contempla apoyos, adaptaciones y condiciones de accesibilidad para garantizar la participación de estudiantes con discapacidad.

Trabajo y empleo

Uno de los puntos centrales es la incorporación laboral.

El texto definitivo establece que el Estado provincial, sus organismos descentralizados y autárquicos, entes públicos no estatales, empresas estatales y empresas privadas concesionarias de servicios públicos deben ocupar personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad en una proporción no inferior al 4% de su personal.

Ese porcentaje es importante porque el proyecto original había planteado un 5%, pero el Poder Ejecutivo observó ese artículo y propuso el 4%, que quedó como texto definitivo.

La ley también contempla acompañamiento interdisciplinario para la inclusión laboral, capacitación y formación, además de ajustes razonables en los puestos de trabajo.

Transporte gratuito

Otro de los derechos establecidos es el transporte terrestre gratuito para personas con discapacidad en servicios sometidos al control provincial.

La norma contempla los traslados urbanos e interurbanos y establece que deben garantizarse cuando estén vinculados con actividades familiares, asistenciales, educativas, laborales o de inclusión social.

Accesibilidad

La ley incorpora el principio de diseño universal y accesibilidad, incluyendo edificios, espacios públicos, transporte, comunicaciones y otros ámbitos.

También establece obligaciones relacionadas con la eliminación de barreras físicas y comunicacionales.

Seguridad social y asistencia

El sistema contempla herramientas vinculadas con la protección social, incluyendo asignaciones, jubilaciones por invalidez, pensiones, microcréditos y tarifa social, además de mecanismos para facilitar el acceso a programas provinciales y nacionales.

¿Por qué demoró tanto la reglamentación?

La demora fue uno de los principales reclamos de organizaciones y sectores vinculados con la discapacidad.

La Ley 3820 establecía originalmente un plazo de 90 días para su reglamentación. Sin embargo, el Poder Ejecutivo de Alicia Kirchner observó ese artículo y lo reemplazó por un plazo de 180 días, prorrogable por otros 180 días.

El proceso igualmente se extendió mucho más allá de esos plazos.

La propia Legislatura volvió a reclamar la reglamentación en 2025. Mediante la Resolución 127/2025, sancionada el 26 de junio de ese año, solicitó al Poder Ejecutivo la pronta reglamentación de la Ley 3820 y pidió que en su elaboración participaran organizaciones representativas, familiares, profesionales y otros actores vinculados con la discapacidad.

Ese reclamo es relevante porque coincide con el criterio que finalmente adoptó el Gobierno: la reglamentación fue elaborada con participación de organizaciones y actores del sector durante aproximadamente un año.

¿Qué define ahora la reglamentación?

La reglamentación tiene una función fundamental: establecer cómo se aplican en la práctica los derechos y obligaciones que la ley ya reconoce.

No crea una nueva ley ni reemplaza la Ley 3820. Su objetivo es determinar procedimientos, responsabilidades, autoridades, mecanismos de coordinación y condiciones concretas para hacer efectivos sus distintos capítulos.

Entre los aspectos que deberán quedar operacionalizados se encuentran la articulación entre organismos provinciales, las políticas de salud y rehabilitación, las acciones de inclusión laboral, accesibilidad, transporte, educación, asistencia social y participación de las organizaciones.

La propia Ley 3820 distribuye responsabilidades entre Desarrollo Social, Salud, Educación y otras áreas del Estado provincial. También prevé que los municipios y comisiones de fomento puedan crear áreas socio-sanitarias destinadas a ejecutar políticas de discapacidad de manera descentralizada.

Un punto clave: pasar del derecho escrito a la aplicación

La importancia de la reglamentación radica precisamente en este punto.

La Ley 3820 fue sancionada hace más de tres años y contiene un amplio catálogo de derechos. Pero una norma de estas características necesita procedimientos administrativos, organismos responsables, criterios técnicos y mecanismos de financiamiento y control para que esos derechos puedan ser reclamados y efectivamente ejercidos.

Por eso, el verdadero impacto de la reglamentación se podrá medir en los próximos meses, cuando comiencen a implementarse las medidas previstas.

¿Qué se debe esperar ahora?

El Gobierno provincial anticipó que, luego de la presentación, continuará una etapa de implementación territorial.

La intención expresada por las autoridades es que las políticas no queden concentradas exclusivamente en Río Gallegos, sino que alcancen a las distintas localidades de Santa Cruz.

También será importante conocer el texto definitivo del reglamento para determinar con precisión:

cómo funcionarán las Juntas Interdisciplinarias Evaluadoras;
qué organismos serán responsables de cada prestación;
cómo se implementarán los mecanismos de inclusión laboral;
cómo se controlará el cumplimiento del cupo laboral;
cómo se instrumentarán los derechos vinculados al transporte y la accesibilidad;
qué procedimientos deberán seguir las familias y las personas con discapacidad para acceder a los beneficios;
cómo se coordinarán las políticas entre Provincia y municipios;
y cuáles serán los mecanismos de participación de las organizaciones.

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