
Intendente vetó la ordenanza que obligaba a empleadores a brindar alojamiento a personal temporario
Señal Calafate
El intendente de la localidad de El Chaltén, Néstor Ticó, decidió vetar la ordenanza creada por el Concejo Deliberante que creaba un registro de módulos habitacionales para que comercios y empresas alojen a personal temporario durante la época turistica.
Como viene informando señalcalafate.com la localidad turistica afronta una crisis habitacional por la falta de terrenos disponibles y el crecimiento poblacional.
La demanda aumenta en los meses de primavera verano cuando se transita la temporada turística, parte del año en la que personas llegan desde diferentes provincias a trabajar en distintos servicios.
Semanas atrás, el Concejo Deliberante votó por unanimidad la ordenanza 234 que creaba el Registro de Módulos Habitacionales para Personal Temporario de la localidad de El Chaltén.
La iniciativa contó con los cinco votos de los concejales locales, incluyendo los del oficilismo, y fue celebrada porque se entendió que era fruto de un concenso general, incluyendo al municipio.
El sistema prevé la obligación para que comercios y empresas que contraten empleados de temporada se hagan cargo de su alojamiento, mediante módulos habitacionales cuyas caracteristicas de medidas y servicios son reglamentadas por la misma ordenanza.
El objetivo de la ordenanza es bajar el impacto de la crisis habitacional en los meses de alta temporada turística y evitar condiciones de asinamiento en alquileres informales.
Infomación conocida por señalcalafate.com indica que el intendente Néstor Ticó rechazó la ordenanza y firmó el decreto de veto.
Si bien desde el Concejo Deliberante sostienen que la ordenanza fue un trabajo conjunto entre concejales, y estos con el municipio, el intendente argumentó que la ordenanza va en contra de normas superiores como leyes nacionales.
Uno de los principales argumentos del veto del intendente dice: "claramente estamos frente a una norma que pretende regular aspectos que hacen al contrato de trabajo, determinando laobligación de otorgar un beneficio para algunos trabajadores, a cargo de los empleadores, incorporando a las obligaciones establecidasen el Capitulo VII de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744 y modificatorias), que de ningún modo es posible establecer mediante una Ordenanza Municipal, por no tener el Departamento Legislativo competencia para legislar en materia laboral".
Conocido el rechazo, los concejales analizan los pasos a seguir.
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