
¿Qué propone la reforma laboral que se está tratando en el Senado?
Guido Bonelli
En el contexto de las recientes movilizaciones en El Calafate y otras ciudades del país, motivadas por el rechazo a la reforma laboral y a la modificación de la Ley de Glaciares, es fundamental comprender los principales aspectos del proyecto de reforma laboral que impulsa el gobierno de Javier Milei y que actualmente se debate en el Senado de la Nación.
1. Indemnizaciones por despido:
Se redefine la base de cálculo de las indemnizaciones por despido sin causa, excluyendo conceptos no mensuales como el aguinaldo y las vacaciones.
La indemnización legal será la única compensación por despido sin causa, limitando otros reclamos judiciales.
Se establece un sistema de actualización de créditos laborales basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.
2. Fondo de Asistencia Laboral (FAL):
Se crea un fondo destinado a cubrir costos de desvinculación e indemnizaciones, financiado exclusivamente por los empleadores.
El aporte será del 1% mensual para grandes empresas y del 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes).
El FAL será un patrimonio separado, inembargable y de afectación específica.
3. Vacaciones y jornada laboral:
Se permite pactar el goce de vacaciones fuera del período tradicional (1° de octubre al 30 de abril) y su fraccionamiento en tramos no menores a siete días corridos.
Se habilita el banco de horas mediante acuerdo voluntario entre empleador y trabajador, permitiendo una distribución más flexible del tiempo de trabajo.
4. Pago de salarios:
Se autoriza el pago del salario en moneda nacional o extranjera, según lo pactado entre las partes.
Los pagos deberán realizarse exclusivamente por vía bancaria o a través de proveedores de servicios de pago que cumplan con las normativas del Banco Central.
5. Derecho a huelga y servicios esenciales:
Se amplía la lista de servicios esenciales y se establecen coberturas mínimas obligatorias del 75% para esos servicios y del 50% para actividades consideradas de importancia trascendental durante huelgas, limitando el derecho a la medida de fuerza.
6. Convenios colectivos:
Se limita la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo, de modo que solo las cláusulas normativas subsistan hasta un nuevo acuerdo.
Los convenios de ámbito menor podrán prevalecer sobre los de alcance general, lo que puede generar desigualdad entre trabajadores del mismo sector.
7. Otros aspectos relevantes:
Se simplifica la registración laboral, considerando suficiente la inscripción ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), sin que otras autoridades puedan exigir requisitos adicionales.
Se habilita la digitalización de libros laborales, que deberán conservarse por 10 años y tendrán plena validez legal.
Se redefine qué entra como beneficio social no remunerativo, incluyendo comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares y capacitación.Se crean dos nuevos regímenes: el Régimen de Incentivo para la Formación Laboral (RIFL), orientado a capacitación y empleabilidad, y el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), destinado a fomentar inversiones productivas.
La reforma ha generado un intenso debate en la sociedad argentina, con opiniones divididas respecto a su impacto en los derechos laborales y la economía del país. Mientras el gobierno sostiene que busca modernizar el mercado laboral y fomentar la inversión, diversos sectores sociales y sindicales expresan su preocupación por la posible pérdida de derechos adquiridos.



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