El TSJ declaró inconstitucional la ley que amplió de cinco a nueve su cantidad de vocales

La Ley N° 3949 fue declarada inconstitucional por el Tribunal Superior de Justicia de Santa Curz. El máximo órgano de la justicia provincial consideró inválido el mecanismo utilizado y, mediante un fallo fechado ayer, anuló todos los actos derivados de la norma. Esto restablece la configuración previa al 28 de agosto cuando la legislatura aprobó la norma.

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Santa Cruz declaró ayer la inconstitucionalidad de la Ley N° 3949, la cual ampliaba de 5 a 9 la cantidad de vocales que integran el máximo organo de la justicia provincial. 

La Lay se había sancionado en la Cámara de Diputados el pasado 28 de agosto, siendo promulgada por el Decreto N° 0768/25 el 10 de septiembre.  

Según el nuevo fallo, que fue unánime, se hace lugar a la acción de inconstitucionalidad presentada por Juan Franco Mascheroni, secretario General de Judiciales de Santa Cruz "3 de Julio".

Además de la inconstitucionalidad de la Ley 3949, se declaró la ineficacia de todos los actos dictados en su consecuencia, dejando expresamente establecido que la norma no produjo efectos jurídicos válidos. De este modo, se mantiene plenamente vigente el régimen anterior de integración del TSJ, conforme a la Ley N° 1600, texto según Ley N° 2404.

Cabe recordar que, con la ampliación del tribunal, ahora inconstitucional, ya habían asumido nuevos vocales: Sergio Acevedo, José Antonio González Nora, Lucio de la Vega y Gabriel Contreras.

Con la decisión del Tribunal, todas las designaciones y actos derivados de la Ley 3949 quedaron alcanzados por la declaración de invalidez.

Se trata de un nuevo capitulo de lo que ya se catalogaba como un "escándalo institucional" en Santa Cruz.

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