Fallo en contra del Colegio Upsala

La Cámara de Apelaciones dejó sin efecto el amparo y medida cautelar ordenada por un juez subrogante de El Calafate a favor del planteo de un grupo de padres y de los propietarios del colegio para que el Gobierno siguiera abonando la subvención que había suspendido meses antes. Desde el Consejo de Educación dicen que quedó en claro que no hay deuda con la empresa Upsala S.A.
Judiciales10/11/2025Señal CalafateSeñal Calafate
colegio upsala

La Cámara de Apelaciones revocó el fallo de primera instancia que en marzo de este año había firmado el juez subrogate Raúl Cardozo que ordenaba que el Gobierno Provincial siguiera enviando los fondos mensuales al colegio Upsala College de El Calafate, al que meses antes había suspendido por falta de rendiciones de documentos.

El abogado que actuó como conjuez aceptó el amparo presentado por padres y por ese colegio privado y ordenó como medida cautelar que la Provincia siguiera enviando la subvención mensual que había suspendido en octubre.

Como el Gobierno Provincial dejó de enviar las partidas mensuales de 95 millones de pesos, acordado durante el gobierno de Alicia Kirchner, argumentando irregularidades en la documentación de la empresa propietaria del colegio, un grupo de padres planteó el amparo  para evitar el aumento delas cuotas que había impuesto el colegio.

Este lunes, el Gobierno de Santa Cruz dio a conocer un comunicado de prensa en elque informó que la Cámara de Apelaciones, en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Cruz, integrada por los jueces Enrique Luis Arenillas, María Cecilia García y Jorge Ariel Chávez, resolvió rechazar el amparo presentado por la empresa UPSALA S.A. de El Calafate contra el Consejo Provincial de Educación (CPE) y revocar la sentencia dictada por el conjuez Raúl Cardozo, actuante en ese caso en el Juzgado de esa localidad.

Desde la provincia indicaron que el tribunal determinó que el reclamo del establecimiento privado no debía tramitarse como acción de amparo, ya que se trataba de una controversia económica y no de una violación de derechos constitucionales. En consecuencia, declaró nula la sentencia de primera instancia y dio por cerrado el reclamo, avalando el accionar de las autoridades del CPE.

Los magistrados coincidieron con los argumentos del organismo provincial, al sostener que el planteo de la institución educativa “constituía un cobro de pesos encubierto”, y remarcaron que el Conjuez Raúl Cardozo, aplicó indebidamente la vía del amparo, reservada solo para casos de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta.

La Cámara rechazó la medida cautelar celebraron el reciente fallo de la Cámara de Apelaciones, entendiendo que se puso freno a la intención de la empresa para que la Provincia continuara abonando la subvención estatal bajo las condiciones previas al conflicto. “De este modo, queda sin efecto cualquier obligación de pago adicional y se confirma que el CPE no mantiene deuda alguna con el establecimiento”, dijo el comunicado.

 “El fallo es claro, el amparo fue rechazado, no hay ninguna cautelar vigente y se reconocen las irregularidades de la empresa propietaria del colegio que justificaron nuestra posición”, señalaron desde el Consejo Provincial de Educación.

El conflicto entre el Gobierno de Santa Cruz y la empresa siguió su curso con la determinación estatal de seguir con la subvención peo por 20 millones de pesos mensuales.

Desde el Upsala reclamaban que el fallo de primera instancia del amparo les había dado la razón por lo que tenían una deuda a su favor, lo que quedó descartado con la reciente decisión de Apelaciones.

Ahora se espera que los abogados de la parte demandante analicen la viabilidad de acudir en queja al Superior Tribunal de Justicia.

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