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Ley de Glaciares: la Cámara Federal revocó la cautelar que frenaba la reforma en Santa Cruz

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia dejó sin efecto la medida cautelar dictada por el Juzgado Federal de Río Gallegos que había suspendido la aplicación de la reforma de la Ley de Glaciares en Santa Cruz. El fallo representa un revés para la presentación impulsada desde El Calafate junto a legisladores provinciales y nacionales.
Ambiente01/06/2026Señal CalafateSeñal Calafate

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La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia revocó este lunes la medida cautelar que había suspendido la aplicación de la reforma de la Ley de Glaciares en la provincia de Santa Cruz.

La decisión deja sin efecto el fallo dictado semanas atrás por el juez federal de Río Gallegos, Claudio Vázquez, quien había hecho lugar a una acción de amparo ambiental presentada por el intendente de El Calafate, Javier Belloni, junto a la presidenta del Concejo Deliberante, Celia Barría, y legisladores provinciales y nacionales.

En aquella resolución, el magistrado había ordenado al Estado Nacional abstenerse de autorizar o ejecutar actividades que pudieran afectar glaciares o ambientes periglaciales dentro de la provincia, hasta tanto se resolviera la cuestión de fondo. El juez había argumentado que existía riesgo de una “regresión ambiental” y posibles daños irreversibles sobre ecosistemas considerados estratégicos para la conservación del agua dulce.

Sin embargo, la Cámara hizo lugar a la apelación presentada por el Estado Nacional y consideró que la cautelar no contaba con fundamentos suficientes para justificar la suspensión de una ley sancionada por el Congreso de la Nación.

Los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez señalaron además que los representantes políticos que impulsaron la demanda no poseen legitimación para arrogarse la representación de toda la población santacruceña en una acción colectiva de carácter ambiental.

La reforma cuestionada modifica aspectos centrales de la Ley 26.639, restringiendo la protección del ambiente periglacial únicamente a aquellas áreas que cumplan una función hídrica comprobada y otorgando a las provincias mayores facultades para determinar qué zonas quedan alcanzadas por la normativa.

El caso había generado fuerte repercusión en Santa Cruz, especialmente en localidades vinculadas al turismo y al entorno del Parque Nacional Los Glaciares, donde distintas organizaciones y sectores políticos manifestaron preocupación por el posible impacto de los cambios impulsados a nivel nacional.

Con esta resolución de segunda instancia, la reforma vuelve a quedar vigente mientras continúa el tratamiento judicial de la demanda principal, que todavía deberá resolverse sobre el fondo de la cuestión.

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