
Debate judicial por el Amparo de los Guías de Turismo
Señal Calafate
La Cámara de la Justicia Federal de Cómodoro Rivadavia (Chubut) decidirá si corresponde dar curso al Amparo Ambiental planteado por la Asociación de Guías de Turismo de la provincia de Santa Cruz, la que plantea la inconstitucionalidad de las resoluciones 61 y 62 de la Administración de Parques Nacionales (APN).
Las decisiones administrativas cuestionadas por la organización de los Guías de Turismo son las que deciden la desrregulación de los Parques Nacionales, una serie de medidas que entre otros punts, quitan obligatoriedad a las empresas turísticas pra contratar los servicios de los guías al momento de entrar a los Parques Nacionales.
La ONG planteó un Amparo para suspender la vigencia de las resoluciones argumentando que además que esos profesionales son perjudicados laboralmente, que prescindan de sus servicios significará un camino al deterioro ambiental de esas reservas naturales ya que los guías contribuyen a la preservación de esos lugares.
El Amparo fue solicitado en el Juzgado Federal de Rio Gallegos donde su titular, el juez Claudio Vázquez rechazó el tratamiento luego de leer los argumentos de Parques Nacionales, por considerar que no se cumplen los requisitos para un trámite por supuestos daños ambientales, indicando además que si bien los guías pueden contribuir con la preservación, lo hacen indirectamente, ya que su función es la de acompañar turístas recibiendo por ello el pago de honorarios.
AGUISAC apeló la resolución del juez de primera instancia, elevando su reclamo a la Cámara de Apelaciones con sede en Comodoro Rivadavia.
Dictamen de Unidad Fiscal
La fiscal Silvina Alejandra Ávila, actuante ante la cámara comodorense, impulsó el pedido para que los jueces le den la razón a la asociación y ordenen aceptar el Amparo.
Con un escrito fechado e 19 de este mes, la representante del Ministerio Público dijo que "la acción de amparo promovida por la Asociación Profesional de Guías de Turismo de la Provincia de Santa Cruz, debe ser admitida, ya que se apoya en derechos de incidencia colectiva ambiental y en compromisos internacionales asumidos por la Nación Argentina. Las resoluciones administrativas impugnadas, contravienen normas de jerarquía superior, en especial tratados internacionales vigentes, y su análisis supera la discusión sectorial al afectar negativamente en su pronta implementación, tanto el derecho a un ambiente sano como el derecho a la educación ambiental y a la salud de los visitantes".
El dictamen de la titular de la Unidad Fiscal respalda la postura que sea aceptado el Amparo Ambiental con varios enfques, entre ellos el que sostine: " No puede soslayarse el riesgo que involucra la supresión de la obligatoriedad de contar con guías habilitados, puesto que traslada arbitrariamente al visitante la carga de elegir entre un servicio profesional o uno informal, como si ambas opciones ofrecieran iguales garantías. Esta desregulación vulnera el principio de equidad y accesibilidad consagrado en el artículo 42 de la Constitución Nacional, pues en contextos de dificultad económica es previsible que el consumidor opte por servicios más económicos, aunque ello suponga menor seguridad, menor información y mayor impacto ambiental".
Mientras en la justicia federal sigue el debate y ahora los jueces de la cámara deben decidir sobre la apelación de AGUISAC, el directorio de Parques Nacionales Planea que llas cuestionadas desregulaciones entren en práctica comenzando septiembre.



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