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Cómo es la primera ley provincial sobre violencia digital

La "Ley Ema" fue aprobada en Sante Fe, siendo la primera del país. Trata sobre la violencia en modalidades virtuales y apunta al sistema educativo. Es nombrada con la identidad de una chica de 15 años que en el 2024 se quitó la vida al sufrir una de esas formas violentas.
General02/08/2026Señal CalafateSeñal Calafate
Violencia Digital IA señalcalafate.com

La Legislatura santafesina sancionó una ley pionera en el país para prevenir, detectar y abordar la violencia digital en el ámbito educativo. La iniciativa crea un sistema de actuación para escuelas públicas y privadas e incorpora herramientas frente a problemáticas como el ciberacoso, la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento y los contenidos manipulados con inteligencia artificial. 

La denominada "Ley Ema" obtuvo la sanción definitiva el jueves 30 de julio de 2026, cuando la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad el proyecto que ya contaba con media sanción de la Cámara de Diputados desde marzo.

La norma crea el Sistema Provincial para la Prevención y Abordaje Integral de la Violencia Digital en el Ámbito Educativo, que será obligatorio para todas las instituciones educativas públicas y privadas de la provincia.

La iniciativa fue presentada por la diputada provincial Celia Arena y durante su tratamiento en el Senado incorporó aportes del senador Ciro Seisas, lo que permitió alcanzar un amplio consenso político para su aprobación.

El proyecto también tomó como referencia el trabajo realizado por:

  • Laura Sánchez, madre de Ema Bondaruk.
  • La organización Faro Digital.
  • El Colectivo Ley Olimpia.
  • Defensoras Digitales.
  • La denominada "Guía EMA", elaborada para orientar a las escuelas frente a casos de violencia digital

¿Por qué se llama "Ley Ema"?

La ley homenajea a Ema Bondaruk, una adolescente bonaerense de 15 años que en el 2024 se quitó la vida luego de la difusión no consentida de imágenes íntimas en un contexto escolar.

Su caso impulsó una campaña nacional para que las instituciones educativas cuenten con protocolos claros frente a este tipo de situaciones y motivó la elaboración de la "Guía EMA", utilizada como base para distintos proyectos legislativos.

La Ley Ema no crea nuevos delitos ni establece penas penales. Su objetivo es preventivo, educativo y de abordaje institucional, especialmente dentro del sistema educativo.

¿Qué dice la ley? - Puntos principales

Medida

Alcance

Sistema provincial

Crea un programa permanente de prevención y abordaje de la violencia digital.

Protocolos escolares

Obliga a las escuelas a actuar ante situaciones de violencia digital.

Capacitación

Formación para docentes, directivos y equipos de orientación.

Educación digital

Incorpora contenidos sobre ciudadanía digital, privacidad y consentimiento.

Acompañamiento

Prevé asistencia psicológica, pedagógica y legal para las víctimas.

Trabajo con familias

Incluye acciones de prevención y concientización destinadas a padres y tutores.

 

Qué dijeron sus impulsores

"La provincia de Santa Fe fue una de las pioneras en contar con leyes de prevención y atención de la violencia familiar y de género. Tres décadas después, en un mundo que cambió profundamente, continuamos ese rumbo para responder a nuevas formas de violencia", dijo la senadora provincial Celia Arena al diario El Litoral.

La legisladora agregó que “Hay violencias que necesitan ser nombradas para poder ser enfrentadas".

Por su parte, el senador Ciro Seisas remarcó durante el tratamiento legislativo que: "Lo virtual es real".

Según explicó durante la sesión, la tecnología y la inteligencia artificial pueden convertirse en herramientas para vulnerar la intimidad y los derechos de niñas, niños y adolescentes, por lo que el Estado debe contar con mecanismos específicos de prevención y respuesta. Sus conceptos fueron difundidos.

 

¿Qué se considera violencia digital?

La norma amplía el concepto e incluye conductas como:

  • ciberacoso;
  • hostigamiento en redes sociales;
  • difusión de imágenes íntimas sin consentimiento;
  • sextorsión;
  • espionaje o control digital;
  • suplantación de identidad;
  • publicación de datos personales;
  • discursos de odio;
  • violencia de género en entornos digitales;
  • creación o manipulación de imágenes mediante inteligencia artificial (deepfakes).

Promulgación

 

Con la sanción legislativa, el siguiente paso será la promulgación por parte del Poder Ejecutivo provincial.

Posteriormente deberán elaborarse:

  • la reglamentación de la ley;
  • los protocolos de actuación para las escuelas;
  • los programas de capacitación docente;
  • los materiales pedagógicos que deberán incorporarse en los establecimientos educativos.

Una vez reglamentada, la aplicación será obligatoria para todas las escuelas públicas y privadas de Santa Fe.

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