
Revés para el hospital en el causa bebés
Señal Calafate
El hospital SAMIC de El Calafate quedó afuera del expediente que investiga la muerte de los bebés fallecidos en abril, mientras estaban internados en el área de neonatología.
De acuerdo a la información a la que accedió señalcalafate.com, el juez de la causa, Alberto Albarracín, decidió quitar al hospital del rol de querellante.
Al comenzar la investigación que unificó las investigaciones de los fallecimientos de los bebés Lucca y Alexi, la directora ejecutiva del hospital, médica Noelia Zuliani, pidió que esa institución fuera aceptada como querellante, al igual que las familias de ambos recién nacidos.
El juez de Instrucción aceptó el pedido por lo que el hospital SAMIC tuvo actuación como parte interesada en el expediente, representado por el abogado Jonatan Master.
Los planteos y preguntas que el abogado del hospital hizo a enfermeros que declararon como testigos, y la información que algunos de ellos dicen tener temotes que pueden sufrir cambios de condiciones laborales, hicieron que los representantes legales de las familias afectadas entendieran que el hospital estaba aprovechando su actuación en el expediente para apretar a empleados que podrían brindar información que complique a médicos y directivos.
Horas atrás, el juez interviniente decidió revocar su resolución dejando sin efecto la intervención procesal del Hospital de El Calafate en carácter de querellante particular, con lo que el representante legal ya no tendrá acceso al expediente ni pdrá participar e audiencias o medidas periciales.
La medida que fue notificada a las partes es explicada por el juez como de cuestiones que se fueron dando en las primeras semanas de la investigación las que van dejando un escenario que el hospital como querella podría sgnificar intereses contrapuestos y en la la necesidad de asegurar la imparcialidad del proceso.
Además, señalcalafate.com conoció que el magistrado comunicó a los directivos del hospital que deben abstenerse de cualquier medida laboral que pueda ser entendida como persecutoria o represalia para con personas que declaran como testigo en esta causa judicial.
El juez Albarracín dispuso notificar a la dirección del hospital que rige el artículo 72 del Código Procesal Penal de que dice que toda persona que sea testigo en causas penales no debe ser presionada ni recibir ningún tipo de represalias.
La decisión del juez de instrucción puede ser apelada por el hospital para que se revisada en una instancia superior.









