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Un camionero fue aprehendido en la frontera entre Río Gallegos y Punta Arenas en momentos que intentó pasar con una mujer escondida en el vehiculo. La investigación indicó que no era un caso de trata de persona. El nuevo Código de Procedimiento Federal, que entró en vigencia en Santa Cruz, permitió que en un día el caso quedara resuelto con el conductor en libertad y debiendo pagar una multa.
11/12/2024
Señal Calafate
La imagen que ilustra este artículo es quizás la muestra mas simple y notoria de este caso. En la foto de la izquierda se ve al juez federal actuante, en la de la derecha al imputado con el rostro tapado por la justicia y sus defensoras. Abajo a la izquierda un reducido número de personas que formaron parte del público, y a la derecha los integrantes de la fiscalía.
Las imágenes corresponden a la primera audiencia que se realizó en el juzgado federal de Río Gallegos bajo el nuevo sistema de procediminetos para delitos penales.
Un camionero que fue detenido cuando llevaba escondida a una mujer en momentos que pretendía pasar a Chile, fue el primero que tuvo una resolución bajo el nuevo Código Procesal Penal Federal que rige desde días atrás en Santa Cruz.
El viernes 6 de diciembre a las 23.00 el camionero llegó al control del paso fronterizo Integración Austral que se ubica entre Río Gallegos (Argentina) y Punta Arenas (Chile), complejo que tiene controles unificados en donde las instituciones de Chile y Argentina se dividen las tareas.
Policías de Investigaciones de Chile (PDI) encontraron que una mujer viajaba oculta en la cabina del camión.
En el caso tomó intervención la Unidad Fiscal y el Juzgado Federal de Río Gallegos.
En un comunicado de prensa la Unidad Fiscal informó que la División de Trata de Personas de la Policía de Santa Cruz entrevistó a la mujer y descartó la hipótesis inicial de un posible caso de trata.
El nuevo sistema de la justicia federal modifica y acelera los pasos de las diferentes causas.
Con el anterior código, el chofer podría haber quedado detenido incomunicado hasta ser llevado ante el juez para una declaración. Luego comenzaban a correr otros plazos para que el magistrado determinara si correspondía un procesamieto por algún delito y si esto era con o sin prisión preventiva.
Al mismo tiempo abogados defensores y las fiscalía actuante podían solicitar diferentes medidas que hacían que el caso permaneciera varias semanas sin una orientación y hasta años sin una resolución el caso.
El sábado a la tarde, menos de un día después de haberse detectado el hecho, se realizó la audiencia en la que se homologó un acuerdo conciliatorio al que arribó la fiscalía con la defensa.
Ahora la fiscalía es la que investiga y pone a consideración del juez su trabajo. En este caso la oficina que lidera el fiscal Julio Zárate no encontró el delito de trata y acordó con a defensa del camionero que había una infracción a la ley migratoria.
“Hay que destacar la rápida realización de esta audiencia, sabiendo que es sábado, pero entendíamos que con el acuerdo que habíamos arribado con la defensa no era necesaria mantener la caución sobre el imputado”, señaló el fiscal Julio Zárate.
La fiscalía y la defensa se pusieron de acuerdo lo que quedó plasmado en un acuerdo que fue revisado por el juez federal Marcelo Vázquez. El magistrado aceptó y ordenó que el camionero quede en libertad y que pague 100 mil pesos de multa que deben ser desinados la hospital de Río Gallegos, para la compra de leche, por infracción a la ley de migraciones 25.871, en su artículo 116.
El articulo imputado al camionero dice: "Será reprimido con prisión o reclusión de uno (1) a seis (6) años el que realizare, promoviere o facilitare el tráfico ilegal de personas desde, en tránsito o con destino a la República Argentina.
Se entenderá por tráfico ilegal de personas, la acción de realizar, promover o facilitar el cruce ilegal de personas, por los límites fronterizos nacionales con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio".
Sobre la mujer, señalcalafate.com conoció que luego de la entrevista con personal especializado en trata de persona, y que se descartara su condición de víctima, volvió a su provincia de origen.
A la mujer no se le imputó infracción porque cuando fue encontrada y luego entrevistada fue en condición de una posible victima y no bajo las formas de imputada.


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