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title: "Santa Cruz tiene una nueva Ley Electoral Transitoria"
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description: "La misma fue sancionada hoy en la Legislatura provincial. La iniciativa enviada desde el Ejecutivo brindará un marco legal provisorio a las elecciones en Cañadón Seco, tras la derogación de la Ley de Lemas y el fallecimiento del presidente de esa Comisión de Fomento."
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date_published: "2025-05-21T17:29:00-03:00"
date_modified: "2025-05-21T17:51:39-03:00"
tags:
  - "legislatura santa cruz"
  - "Ley Electoral"
author_name: "Guido Bonelli"
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category_name: "Política"
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# Santa Cruz tiene una nueva Ley Electoral Transitoria

![ley electoral](/download/multimedia.normal.80ba1a6b794963d3.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

En la tarde de este miércoles se realizó la 1° sesión extraordinaria del 52° período legislativo de Santa Cruz, en la que que se aprobó, por unanimidad, la Ley Electoral Provincial Transitoria.

El Proyecto de Ley N°216/25 fue enviado desde el Poder Ejecutivo y permite aplicar un régimen electoral transitorio a fin de llevar adelante las elecciones extraordinarias para cubrir el cargo vacante de Presidente de la Comisión de Fomento de Cañadón Seco, tras el reciente fallecimiento de Jorge Soloaga.

La normativa es necesaria, ya que la denominada "Ley de Lemas" que regía con anterioridad, [fue derogada en junio del año pasado](https://xn--sealcalafate-bhb.com/contenido/10972/fue-derogada-la-ley-de-lemas-en-santa-cruz).

Fue derogada la Ley de Lemas en Santa Cruz

En la sesión, de la que participaron 21 legisladores, hubo consenso y, durante un cuarto intermedio, los diputados lograron acordar un texto definitivo incorporando algunas modificaciones técnicas que no desvirtúan en absoluto el espíritu de la iniciativa original.

**La sesión se pudo seguir en vivo**

De este modo, la elección de Gobernador y Vicegobernador de la provincia de Santa Cruz, de intendentes municipales, de los presidentes de las Comisiones de Fomento y Consejo de la Magistratura, será directa y a simple pluralidad de sufragios, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Constitución Provincial, como así también de la Ley 55 y sus modificaciones.

El Poder Ejecutivo Provincial convocará al electorado provincial con una antelación no menor a los 120 días corridos a la fecha prevista para el acto comicial, al igual que para la Comisión de Fomento de Cañadón Seco.

La Ley transitoria tendrá plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2025, improrrogable, quedando sin efecto a partir de esa fecha. Durante ese término se sancionará la nueva ley que definirá un sistema electoral provincial en el marco del consenso con las diversas fuerzas políticas.

**Luego del cuarto intermedio se sancionó laley**

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