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title: "Empresas de transportes de pasajeros deberán inscribirse en un Registro Municipal"
article_type: "Article"
description: "El Concejo Deliberante de El Calafate aprobó una ordenanza que crea el Registro Municipal de Transporte Turísticos de Pasajeros. Los propietarios deben cumplir un trámite para registrar cada uno de sus vehículos."
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date_published: "2024-12-02T10:08:00-03:00"
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tags:
  - "concejales"
  - "ordenanza"
  - "turismo"
author_name: "Señal Calafate"
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category_name: "Política"
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# Empresas de transportes de pasajeros deberán inscribirse en un Registro Municipal

![HCD el calafate](/download/multimedia.normal.991dbb1fb738ad48.SENEIGVsIGNhbGFmYXRlX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

*El Concejo Deliberante de El Calafate.*

Con la aprobación de una reciente ordenanza, en El Calafate regirá la existencia de un Registro Municipal de Transporte Turístico de Pasajeros el que estará integrado por todas las empresas y propietarios de vehículos de las categorías M1, M2 y M3 definidas por el Decreto Nacional N° 724/1995.

Según explica el texto aprobado el registro no reemplaza ninguno de los trámites vigentes para la habilitación de los vehículos destinados a esa actividad.

El registro tiene como objetivo contar con la nómina de los vehículos que prestan sus servicios en el ejido municipal local, “a fin de la realización de controles para el ejercicio legal de la actividad y la adopción de políticas locales para la planificación y estructuración del transporte automotor urbano y suburbano”.

La inscripción en el registro es de carácter obligatorio por lo que las empresas deben realizar el trámite en el municipio local presentando:

a- Copia de la habilitación provincial de transporte turístico de pasajeros o certificación digital de la misma.

b- Copia del titulo de propiedad del automotor de los vehículos a registrar.

c- Constancia de Verificación Técnica Obligatoria.

d- Seguro obligatorio para transporte de pasajeros.

e- Patentamiento obligatorio en el Municipio de El Calafate.

f- El titular de cada empresa o propietario de la o las unidades deberá tener como mínimo una residencia de cinco años de antigüedad en El Calafate.

Esos transportes solo podrán circular contratados por una Agencia de Viajes y Turismo habilitada, por lo cual deberán circular con una orden de servicio, manifiesto o lista de pasajeros en los casos que corresponda, o por particulares con el debido registro de los pasajeros transportados.

La ordenanza fue propiciada por concejales del oficialismo local y votada en la ultima sesión ordinaria.

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